Gacetilla 120 – 2 de junio de 2025
El pasado miércoles 28 de mayo, los integrantes de la Federación Nacional de Operadores de Mercados Frutihortícolas de la República Argentina (FENAOMFRA), en representación de las veintidós entidades asociadas, se reunieron con el Sindicato de Trabajadores de la Industria del Hielo y de Mercados Particulares de la República Argentina (STIHMPRA) para definir un nuevo acuerdo paritario.
Ambas entidades acordaron otorgar un incremento del 2%, en carácter no remunerativo y no acumulativo, que alcanzará a todas las categorías comprendidas en el Convenio Colectivo de Trabajo N.º 232/94. Esta suma deberá abonarse junto con los haberes de mayo (en recibo complementario) hasta el día 10 de junio de 2025, bajo la leyenda: “Suma No Remunerativa Ajuste 2025 – II”.
En cuanto al aporte solidario, tanto FENAOMFRA como STIHMPRA ratificaron su continuidad hasta el cierre paritario de abril de 2025. El mismo estará a cargo de los trabajadores no afiliados incluidos en el CCT 232/94, y se mantiene en un 1,75% de sus remuneraciones, aplicándose de la misma forma que los descuentos realizados a trabajadores afiliados.
Teniendo en cuenta la compleja situación económica que atraviesa el país, y en un marco de diálogo constructivo, ambas partes acordaron continuar las negociaciones con el objetivo de atender las necesidades de los trabajadores y trabajadoras del sector. Gracias al esfuerzo conjunto por preservar la paz social, se comprometieron a avanzar en la resolución de la Gratificación Extraordinaria y del cierre del año paritario mayo 2024 / abril 2025.
Asimismo, se mantendrán plenamente vigentes los términos acordados en la Cláusula Segunda del Acta Acuerdo RE-2025-48385142-APN-DGDTEYSS#MCH, correspondiente al Expediente EX-2025-48385710-APN-DGDTEYSS#MCH.
Para acceder a la gacetilla completa y consultar los documentos oficiales, pueden ingresar al sitio web: www.fenaomfra.org.ar .